Radón en el trabajo: el CSN establece nuevas normas

La Instrucción IS-47 ya está en marcha: así se regulará la medición del radón en centros laborales de alto riesgo.

Desde el pasado 1 de mayo, está en vigor la Instrucción IS-47 del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), publicada en el BOE. Esta normativa, largamente esperada, define de forma precisa cómo se deben medir las concentraciones de gas radón en lugares de trabajo ubicados en zonas de mayor exposición.

¿Qué es la IS-47?

Se trata de una instrucción técnica obligatoria que marca las pautas para realizar mediciones de radón en el aire interior de los centros de trabajo. Su finalidad es proteger la salud de quienes desempeñan su labor en edificios localizados en municipios con un alto potencial de radón, un gas natural, radiactivo y cancerígeno.

¿Dónde se exige medir radón?

La medición será obligatoria en todos los centros laborales situados en municipios catalogados como de actuación prioritaria, según un listado oficial del CSN. Afecta particularmente a espacios ubicados en plantas bajas, sótanos y semisótanos.

¿Qué establece la norma?

Se contemplan dos formas válidas de medición:

  • Realizar la medición durante al menos tres meses, entre el 1 de octubre y el 31 de mayo. No es necesario que sean meses consecutivos, pero si se hacen en diferentes periodos, deberán usarse detectores distintos.
  • Llevar a cabo la medición durante un año natural completo, dividiéndolo si se desea en cuatro trimestres, excluyendo periodos de cierre o inactividad.

En ambos casos, se busca obtener una estimación del promedio anual de concentración de radón.

¿Qué son los municipios de actuación prioritaria?

Son localidades identificadas por el CSN con mayor riesgo de radón, a partir de estudios geológicos, mediciones gamma y datos previos en viviendas. En estos entornos, la exposición prolongada puede tener efectos graves si no se aplican medidas preventivas.

¿Y si los niveles son elevados?

Cuando la concentración supera los 300 Bq/m³, será obligatorio aplicar medidas correctoras para reducirla. Estas pueden ir desde mejorar la ventilación hasta implementar obras de aislamiento o sistemas de extracción específicos.

Preguntas frecuentes sobre la IS-47

¿Cómo saber si mi municipio está incluido?

El listado completo está disponible en la web del CSN. También puedes contactar con nosotros para ayudarte a comprobarlo.

¿Qué ocurre si no se mide donde es obligatorio?

Incumplir esta obligación puede derivar en sanciones administrativas, además de suponer un riesgo claro para la salud laboral.

¿Qué tipo de actividades están afectadas?

Cualquier trabajo que se desarrolle en plantas bajas o sótanos dentro de municipios prioritarios: oficinas, tiendas, centros educativos, talleres o instalaciones sanitarias.

¿Quién puede hacer las mediciones?

Deben realizarlas laboratorios acreditados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17025. El informe puede elaborarlo el titular de la actividad, un trabajador designado, un servicio de prevención (propio o externo) o una Unidad Técnica de Protección Radiológica (UTPR).

¿Necesitas asistencia?

Desde la Associació Catalana contra el Radó colaboramos con laboratorios acreditados y gestionamos el proceso completo con todas las garantías.